Piñas, 02 de enero del 2024
BOLETÍN DE PRENSA Nro 056
Se inició con el cobro de impuestos prediales en Piñas
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Piñas inició con el cobro de impuestos prediales, del ejercicio fiscal 2024, este martes 2 de enero de 2024, con los descuentos que dispone la ley.
Como lo determina el Código Orgánico de Organización Territorial y Administrativa, en el artículo 512, la primera quincena de enero se concede el 10% de descuento; la segunda, el 9%; en febrero, la primera quincena baja al 8% y la segunda al 7% y así sucesivamente hasta la segunda quincena de junio en que el descuento baja al 1%. A partir del mes de julio, la ley determina un 10% de recargo anual a quienes no han pagado.
Descuento por tercera edad:
De acuerdo a lo que estipula el artículo 14 de la Ley orgánica de personas adultas mayores (Lopam), los adultos mayores pueden beneficiarse de la exoneración del pago del Impuesto Predial para el 2023
“Art.14: Toda persona que ha cumplido 65 años y con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas o que tuviere un patrimonio que no exceda de 500 remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de impuestos fiscales y municipales. Para la aplicación de este beneficio, no se requerirá de declaraciones administrativas previa, provincial y municipal”.
Si un bien inmueble está dividido en dos o más copropietarios, deberán demostrar todos haber cumplido 65 años hasta el 31 de diciembre del 2023. Si solo una persona cumple con este requisito y los demás son menores de 65, el descuento será aplicado solo al porcentaje de la persona de la tercera edad, los demás pagarán el valor normal.
Descuento por discapacidad:
Las personas que padezcan de algún tipo de discapacidad, superior al 30 %, podrán contar con un descuento de hasta el 50 % en los valores de impuesto predial, de acuerdo a como lo estipula el articulo 75 de la Ley Organiza de Discapacidades:
“Art. 75.- Impuesto predial.- Las personas con discapacidad y/o las personas naturales y jurídicas que tengan legalmente bajo su protección o cuidado a la persona con discapacidad, tendrán la exención del cincuenta por ciento (50%) del pago del impuesto predial. Esta exención se aplicará sobre un (1) solo inmueble con
un avalúo máximo de quinientas (500) remuneraciones básicas unificadas del trabajador privado en general. En caso de superar este valor, se cancelará uno proporcional al excedente.”
Requisitos y horario de atención:
Los requisitos que deberá presentar el usuario son la cédula de identidad y el carnet de discapacidad (en caso de alguna discapacidad), y de forma opcional el recibo de pago del año pasado.
La atención se realizará desde hoy martes 2 de enero, en la oficina de Recaudación del GADM de Piñas, los horarios de atención serán de lunes a viernes desde las 08h00 – 12h00 y desde las 13h00. 17h00.
Atentamente,
Lcda. Patricia Ramírez Aguilar
Especialista en Comunicación y Relaciones Públicas del GADM de Piñas